
04.07.2025.- Xavi Fernández De Castro escribe en elmon.cat que el Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC) ha acordado sancionar a la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA) por haber superado el límite máximo de publicidad en Catalunya Ràdio, siempre en las mismas cuatro franjas de una hora, todas de máxima audiencia. El procedimiento sancionador incoado a la CCMA considera que es una “infracción grave” y la sanciona con “una multa total de cuarenta y ocho mil cuatro euros (48.004 €)”, según recoge el Acuerdo 81/2025, con fecha 2 de julio, consultado por El Món en la misma web del CAC. Asimismo, el regulador da un trámite de audiencia a la CCMA para que, en un plazo de 15 días, pueda presentar alegaciones. El pleno del CAC ha aprobado el acuerdo después de que el presidente, Xevi Xirgo, haya hecho valer su voto de calidad, ya que la votación había terminado 2-2.
El Área de Contenidos del CAC ha analizado el tiempo de emisión de anuncios publicitarios en 15 franjas horarias repartidas en 13 días diferentes del año 2024. En su informe inicial, concluyó que en 13 de las 15 franjas revisadas se había superado el límite de publicidad de 6 minutos por hora de reloj que marca la ley. En sus alegaciones, la CCMA reconoció que se había superado el máximo de tiempo de anuncios en seis días, todas las franjas de 9.00 a 10.00 o de 10.00 a 11.00, correspondientes a Els matins de Catalunya Ràdio, pero justificó el exceso porque en esos días habían entrevistado a figuras políticas relevantes como el entonces presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, o al secretario general de Junts, Jordi Turull. Esto había obligado a mover bloques publicitarios entre horas.
También alegó que, por norma general, en ninguno de los días con excesos puntuales “se ha superado el límite de los 144 minutos diarios de publicidad y tampoco los 12 minutos en la franja analizada y en su franja previa”. Después de analizar las alegaciones para cada caso concreto, el CAC ha concluido que solo se ha incumplido el límite de publicidad en cuatro franjas: de 9.00 a 10.00 del 29 de abril (casi 2 minutos más), de 9.00 a 10.00 del 1 de octubre (25 segundos), de 7.00 a 8.00 del 2 de octubre (13 segundos) y de 9.00 a 10.00 del 9 de octubre (13 segundos).
Multas mínimas por exceso de publicidad
El CAC ha tenido en cuenta estas circunstancias para decantarse por la multa mínima en los cuatro casos, ya que la Ley de la Comunicación Audiovisual (LCA) de Catalunya prevé que las infracciones graves se castiguen con multas que van desde los 12.001 euros hasta los 90.000 euros. Así, el regulador ha impuesto cuatro multas de 12.001 euros, es decir, la cuantía mínima, porque no aprecia la “concurrencia de las circunstancias” para sancionar a la CCMA con un importe más elevado.
87331
Es igual todo queda en familia.
Alguien piensa que la van a pagar?
Es como pagarse a si mismo