El TSJCV falla contra el Ayuntamiento de Benicàssim por discriminación publicitaria con Radio Castellón SER

Radio Castellón

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha fallado contra el Ayuntamiento de Benicàssim, presidido por la popular Susana Marqués, por discriminación publicitaria reiterada de esta institución con Radio Castellón Cadena SER. El TSJ le ordena a este Ayuntamiento a que cese en dicha exclusión.



La Sala de lo Contencioso Administrativo, sección quinta, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana entiende que el Ayuntamiento de Benicàssim ha discriminado a Radio Castellón Cadena SER durante varios años y ordena a dicho Ayuntamiento, presidido por su alcaldesa del Partido Popular, Susana Marqués, a que cese en dicha exclusión. Cabe recordar que dicha discriminación ya había sido reconocida por el juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de Castellón.

Este Ayuntamiento ha estado durante muchos años marginando a este medio de comunicación, tanto en el área informativa como a través de las emisoras musicales. El Ayuntamiento, presidido por Susana Marqués, decidía no incluir a Radio Castellón en las partidas económicas que cada año aprobaba y distribuía dicho Ayuntamiento entre otros medios de comunicación de la comunicación, tanto escritos como radiofónicos y televisivos.

En su momento ya fueron condenados otros ayuntamientos que estaban en su día en manos del Partido Popular por idéntica discriminación como es el caso de Castellón, Borriana, Vila-real, Almassora o la propia Diputación Provincial y que fue también declarada dicha discriminación por el Tribunal Constitucional por vulneración de derechos fundamentales.

Cabe recordar que Radio Castellón Cadena SER es líder de audiencia, según recoge el Estudio General de Medios, dato que en ningún momento ha tenido en cuenta el Ayuntamiento de Benicàssim a la hora de publicitar acciones públicas y sociales de este municipio en Radio Castellón entre los años 2011 y 2015, años analizados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en la demanda.

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