La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado un informe en el que considera que las tarifas generales aprobadas para la radio por las entidades de gestión Agedi/AIE en 2016 “incumplen los criterios exigidos por la normativa de propiedad intelectual”.
Ello es debido a que, según la CNMC, no contemplan un tratamiento distinto para las radios musicales, en los que la relevancia de la música es principal para su actividad, y los restantes tipos de radio (generalistas, informativas, deportivas, etc.) en los que la emisión de música no es imprescindible. Además, no modulan las tarifas, según si el repertorio se emite en primer o segundo plano. Del mismo modo, añade, suponen un “incremento tarifario no justificado”.
Asimismo, la CNMC considera que la tarifa neta resultante del acuerdo firmado por las Agedi/AIE con la Asociación de Radios Comerciales (AERC) en 2006 refleja un precio de mercado. Sin embargo, los acuerdos de Agedi/AIE con Forta (2012) y RTVE (2014) no son un adecuado reflejo del precio de mercado (tal y como ya indicó la CNMC en su resolución de 2015 en la que sancionó a Agedi/AIE por abuso de posición de dominio), ya que estos operadores no suelen tener ánimo de lucro y tienen obligaciones de servicio público diferenciales a las de los operadores privados.
Por último, la CNMC considera que la tarifa neta sí proporciona una “referencia adecuada” para la valoración de la equidad, por lo que no es necesario realizar un análisis exhaustivo de la comparación con las tarifas establecidas para otros usuarios ni de las tarifas de gestión establecidas por entidades homólogas en otros países de la Unión Europea.
La publicación de este informe, de gran relevancia para el sector radiofónico, se produce en el procedimiento de determinación de tarifas que se está tramitando en la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, en el conflicto que existe entre las citadas entidades de gestión y la asociación de radios comerciales.
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