1.11.2026.- Cordobabn.com publica que la Radio Televisión de Andalucía (RTVA), entidad que gestiona Canal Sur, recibirá una transferencia de explotación de 338,2 millones de euros para el año 2027. Esta cifra, provista por la Junta de Andalucía, refleja un aumento considerable de 175 millones respecto a los fondos asignados en el presente ejercicio.
Este incremento se debe principalmente a la necesidad de cubrir un litigio fiscal relacionado con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), lo que explica la abultada diferencia presupuestaria.
El aumento aparece detallado en el proyecto de Ley de Presupuestos de Andalucía para 2027, ratificado el pasado viernes 30 de octubre por el Consejo de Gobierno. Supone una subida del 107 % en comparación con la transferencia de explotación vigente este año.
Razones detrás del mayor montante para la RTVA
El notable ascenso en la financiación responde a contingencias fiscales que afectan a la RTVA y sus filiales, derivadas de un procedimiento sobre cómo se debe tratar tributariamente el IVA.
En 2026, el presupuesto total de la RTVA alcanzó los 180,2 millones de euros, de los cuales 163,2 millones llegaron mediante la transferencia de explotación de la Junta. Esta cifra ya había experimentado un modesto incremento de 3,1 millones respecto al año anterior.
De cara a 2027, se prevé una ampliación extraordinaria destinada a mantener el equilibrio financiero de la entidad, evitando que posibles deudas fiscales perjudiquen su estabilidad económica.
Por tanto, este aumento no solo atiende a los costes de operación comunes de Canal Sur, sino que también persigue cubrir los efectos económicos derivados de un proceso fiscal aún sin resolución definitiva.
Medidas presupuestarias para sostener la estabilidad económica
El proyecto presupuestario introduce la disposición adicional vigesimosegunda, que regula las acciones necesarias para compensar las desviaciones en el coste del servicio público audiovisual causadas por las contingencias fiscales.
De acuerdo con esta normativa, se consideran costes del servicio público los impuestos que no pueden deducirse ni recuperarse según la legislación tributaria vigente y los criterios administrativos o judiciales aplicados.
Con esta regulación, la Junta busca proteger tanto el patrimonio neto como la estabilidad económica de la RTVA ante las actuales obligaciones fiscales pendientes.
La ampliación de fondos se ejecutará a través de una transferencia extraordinaria a Canal Sur Radio y Televisión, S.A., bajo el marco jurídico autonómico en materia de hacienda pública.
Control estricto sobre el uso de los fondos extraordinarios
El texto del proyecto de Presupuestos incluye también requisitos rigurosos de información y supervisión sobre el empleo de estos recursos.
La RTVA y sus sociedades filiales deben informar a la Consejería de Presidencia, Sanidad y Emergencias sobre todas las anotaciones contables relativas a posibles deudas tributarias, intereses, devoluciones pendientes y provisiones para litigios judiciales.
Dicha información será remitida, a su vez, a la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, encargada de controlar que se cumplan las condiciones marcadas en el presupuesto.
Además, los expedientes para tramitar el pago deben incluir pruebas que acrediten el estado de las contingencias fiscales que motivaron la concesión previa de un préstamo de la Junta a la RTVA.
Devolución obligatoria de los fondos no utilizados
En la normativa se contemplan mecanismos claros para regularizar las cantidades otorgadas, una vez que se resuelva el procedimiento fiscal pendiente.
Entre estos mecanismos destaca la posibilidad de efectuar correcciones contables que permitan cancelar cualquier saldo pendiente del préstamo otorgado anteriormente a la RTVA.
En caso de que se produzca un excedente en la financiación, las sumas que no se destinen a la finalidad prevista deberán reintegrarse a la Tesorería General de la Junta de Andalucía.
Este conjunto de medidas forma parte del proyecto presupuestario autonómico para 2027, cuya aprobación definitiva aún está pendiente del proceso parlamentario.
92443

Sé el primero en comentar este artículo