Comunicado de AGEDI AIE relativo al procedimiento de fijación de tarifas de propiedad intelectual que se sigue en la SPCPI

AGEDI

AGEDI-AIE nos ha hecho llegar un comunicado relativo al procedimiento de fijación de tarifas de propiedad intelectual que se sigue en la SPCPI y que expone un punto de vista diametralmente opuesto al de las radios privadas, del que informamos en la noticia nº 53578 de 10 de octubre.



La Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual (SPCPI), regulador que según su propia definición oficial debe resolver los conflictos entre entidades de gestión y usuarios para “coadyuvar de este modo al desarrollo de las industrias culturales”, podría haber resuelto que la remuneración que reciben los músicos y productores españoles por el uso comercial de su repertorio se reduzca hasta mínimos históricos y muy por debajo de la media en países de referencia como Francia, Alemania o Reino Unido, pese a que la normativa vigente exige que las tarifas sean homologables a las de la Unión Europea.
Si se confirma dicha resolución, sus consecuencias serán impredecibles para el colectivo de decenas de miles de artistas, intérpretes o ejecutantes y productores, que constatarán entre sorprendidos e indignados el efecto que ha logrado la enorme presión ejercida por los grandes grupos empresariales de radio comercial a lo largo de un procedimiento plagado de graves irregularidades.

Graves irregularidades
No solo la SPCPI ha infringido los plazos legalmente estipulados para la tramitación del expediente, sino que se han ocultado pruebas y documentos a las entidades que representan a los músicos y productores, dejándoles en una situación de indefensión. Por ello AGEDI y AIE han interpuesto un recurso que ha sido admitido a trámite por la sección 6ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.
Además, la resolución aplica el contenido de la Orden ECD/2574/2015, declarada nula por el Tribunal Supremo mediante sentencia firme el pasado mes de marzo, de modo que la SPCPI ha ignorado la parte dispositiva de dicha sentencia, lo que podría ser considerado como desobediencia por parte de dicha comisión, ya que vulnera el principio de legalidad que debe regir su actuación.
El ya expresidente de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, Julio Costas, ha puesto de manifiesto, en varias ocasiones, su animadversión hacia la gestión colectiva. Costas, consejero de la Comisión Nacional de Competencia cuando se tramitaron diferentes procedimientos sancionadores contra las entidades AGEDI y AIE (que concluyeron, todos ellos, con la imposición de sanción), admitió públicamente en comparecencia ante la Comisión de Cultura del Congreso que no debería presidir la SPCPI cuando, “en referencia al informe de la extinta CNMC del año 2009”, afirmó: “Yo entonces era consejero de la CNMC. Por mi formación, me correspondió ser el coordinador de ese informe y me reconozco en muchos de sus párrafos. Por tanto, estoy en una situación un poco delicada, porque, como decía antes, el artículo 4 del Real Decreto que regula las funciones de la Sección Primera obliga a los miembros a actuar, entre otros, con el principio de imparcialidad y neutralidad”.

Críticas injustificadas de la radio comercial
Las entidades de gestión AGEDI y AIE han propuesto a las radios comerciales que remuneren a los músicos y productores españoles por el uso de su repertorio con un 2,26 % sobre los ingresos, a pesar de que por el mismo concepto países como Francia, Alemania, Reino Unido, Portugal, Irlanda y Grecia e Irlanda tienen fijado un 2,57 % de promedio.
En este momento en España se remunera con un 1,30 % de los ingresos y la reducción de dicho porcentaje no solo hace que las tarifas no sean homologables a las de la Unión Europea, tal como exige la normativa vigente, sino que dejan a decenas de miles de profesionales españoles a la cola de Europa de forma arbitraria e injusta.
Los productores y los artistas, intérpretes o ejecutantes de música demandan una remuneración justa y equitativa por su trabajo.

¿Quién ejerce la posición de dominio?
Tres grandes grupos empresariales concentran el 87 % de los ingresos totales de publicidad de la radio comercial en España. Sobre el total de costes, la remuneración a músicos y productores no supera el 1,4 %, según reflejan sus cuentas anuales. Frente a esos datos, objetivos y contrastables, sorprende que quienes dominan el mercado de la publicidad, y por tanto a la audiencia, acusen a músicos y productores de posición de dominio.
La propiedad intelectual es un bien económico intangible y como tal su explotación comercial reviste una enorme complejidad, pero como cualquier otra propiedad privada no solo está protegida constitucionalmente sino también sujeta a las reglas básicas de cualquier mercado.
Por todo ello, una vez conocida la propuesta de resolución, las entidades solicitaron la revocación del presidente, quien según parece solicitó su cese voluntario. De esa dimisión y del cese del secretario general tuvieron conocimiento las entidades por la prensa, ya que no se les ha informado de nada al respecto.
AGEDI y AIE han demostrado sobradamente a través de los años de gestión transparente, eficiente, y cumpliendo todos los preceptos legales, que las tarifas han estado y están muy por debajo de la media europea.
Este recorte es injusto, excesivo, y supondrá una gran merma en los derechos que los artistas y productores van a recibir. Y afectará a los contratos de reciprocidad que mantienen con más de un centenar de sociedades de gestión de todo el mundo, que reducirán sus pagos al quedar los derechos en España muy por debajo de los países de nuestro entorno.
Las radios, televisiones y medios de comunicación en general deben ayudar a los artistas, autores y productores a consolidar los derechos y su gestión colectiva, y procurar los medios para que vivan dignamente de su trabajo y del rendimiento que se obtiene de la utilización de sus actuaciones, creaciones y producciones.

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