Acuerdo del Gobierno de Aragón para solicitar licencias al Estado Central para las Radios Libres o comunitarias aragonesas

En relación con el “ACUERDO de 31 de enero de 2017. del Gobierno de Aragón, por el que se solicita la asignación de dominio público radioeléctrico para la prestación del servicio audiovisual radiofónico comunitario sin ánimo de lucro en la Comunidad Autónoma de Aragón”; desde la Federación Aragonesa de Radios Libres (FARL) deseamos manifestar que:



La FARL coordina desde 1991 la actividad de emisoras de radiodifusión sin ánimo de lucro en la Comunidad Aragonesa; lo que la convierte en la coordinadora de este tipo de servicios audiovisuales de más larga trayectoria de España.

Desde su creación, una de las líneas de trabajo fundamentales de la FARL ha sido la reivindicación y defensa ante instituciones y administraciones públicas, del Derecho Constitucional a la libre difusión de ideas y pensamientos por parte de la ciudadanía en general a través del Espectro Público Radioeléctrico, de forma directa y con carácter no lucrativo.

Este Derecho Fundamental quedó finalmente reconocido legalmente en la “Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual” (LGCA). Pese a ello, la Administración General del Estado acumula años de retraso en el desarrollo normativo de los Medios de Comunicación Comunitarios sin Ánimo de Lucro a que la propia Ley le obliga.

Durante casi dos décadas, impulsadas por la FARL, las Cortes de Aragón, han aprobado varias Proposiciones No de Ley dirigidas a los sucesivos Ejecutivos Autonómicos aragoneses instándoles a avanzar dentro de sus competencias en la normalización de estos Medios Comunitarios. La última y más significativa es la “PNL 21/10, sobre la regularización de la radiodifusión social no lucrativa en la Comunidad Autónoma de Aragón”.

Esta PNL se aprobó en el Pleno de las Cortes de Aragón el 8 de Abril de 2010, siendo la primera iniciativa autonómica en todo el Estado que aparándose en el reconocimiento de los Medios de Comunicación Comunitarios recogido en la LGCA, de 31 de marzo, instaba a avanzar desde un Ejecutivo Autónomo en su progresiva  normalización.

Los puntos básicos de la PNL 21/10 son:
– La creación de un censo de Medios de Comunicación Audiovisual Comunitarios sin Ánimo de Lucro aragoneses según las características citadas en la LGCA.
– Desarrollo de la normativa autonómica y procedimiento de acceso de estos medios a las futuras licencias específicas.
– Que la prevista Ley Audiovisual Aragonesa, previa consulta a los mismos, recoja a los Medios de Comunicación Audiovisual Comunitarios sin Ánimo de Lucro

Por todo ello agradecemos y valoramos muy positivamente la decisión del actual Ejecutivo Autónomo de avanzar, en el marco de sus competencias, para hacer realidad esta reivindicación ciudadana y en dar cumplimiento a las sucesivas propuestas que en este sentido han emanado de las Cortes de Aragón.

Consideramos que es sólo un primer paso, pero muy significativo, y que pone a la nuestra en primera línea entre las pocas Comunidades Autónomas que han sido capaces de dar un paso adelante en defensa de un Derecho Constitucional y ciudadano largamente orillado por la multitud de intereses económicos y políticos que rigen el
uso del Espectro Público Radioeléctrico.

A tenor de esto último, queremos solicitar del Gobierno de Aragón una especial observancia y sensibilidad en la elaboración del Censo Autonómico de Medios de Comunicación Comunitarios sin Ánimo de Lucro por dos motivos fundamentales.

En primer lugar, consideramos que el artículo 32 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, define claramente unas características básicas que enmarcan y definen la actividad de los Medios de Comunicación sin Ánimo de lucro.

Nuestro Ejecutivo debe tenerlas muy en consideración a la hora de evitar que las entidades que soliciten su inscripción en este censo, o posteriormente opten a una licencia como Emisora sin ánimo de Lucro, no enmascaren tras una apariencia asociativa, otro tipo de intereses económicos, políticos, doctrinarios o laborales.

En segundo lugar, esperamos que el citado Censo recoja las iniciativas de comunicación de centros educativos, que aunque lamentablemente escasas, existen en la geografía aragonesa. Consideramos que son un valor integrador y de socialización fundamentales para la comunidad educativa y la aragonesa en general. Es también uno de los compromisos fundamentales de la FARL trabajar en ese sentido.

Por último, queremos volver a incidir en que el “ACUERDO de 31 de enero de 2017. del Gobierno, de Aragón, por el que se solicita la asignación de dominio público radioeléctrico para la prestación del servicio audiovisual radiofónico comunitario sin ánimo de lucro en la Comunidad Autónoma de Aragón” es un punto de inflexión muy significativo respecto al compromiso de nuestra Comunidad Autónoma en la defensa y puesta en valor de un Derecho Constitucional largamente reivindicado por la FARL y por otros muchos colectivos sociales de Aragón y del resto del Estado. Es algo de lo que debemos alegrarnos tod@s l@s aragoneses.

Del mismo modo, pedimos al Gobierno de Aragón, que siga avanzando en la línea de los puntos contenidos en la “PNL 21/10, sobre la regularización de la radiodifusión social no lucrativa en la Comunidad Autónoma de Aragón”. Estamos convencid@s de que es una vía factible, socializadora y positiva para hacer realidad el acceso de la ciudadanía aragonesa a unos medios de comunicación verdaderamente propios, gestionados por ella misma, y para el ejercicio de su libertad de exprexión de forma directa y sin intermediarios.

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