La Junta de Andalucía lanza ayudas para el mantenimiento de los servicios públicos de comunicación audiovisual radiofónica local

Andalucía

Desde EMA-RTV os informamos de que hoy, jueves 4 de mayo, aparece publicado en BOJA el Extracto y la Resolución de la Convocatoria de 2023 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el mantenimiento de los Servicios Públicos de Comunicación Audiovisual Radiofónica de ámbito local. Es decir, la convocatoria de incentivos para las radios municipales que venimos impulsando estos años desde EMA-RTV.



El plazo será de 1 mes, una vez publicada la convocatoria. Es decir, desde mañana día 5 de mayo. Para evitar problemas, recomendamos presentarla antes del 1 de junio.

Como sabéis, ya se está trabajando el Proyecto de otra Orden de bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento. Está prevista para después del verano.

En archivos adjuntos pdf tenéis el Extracto, la Resolución y Formularios y el Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras

Recordamos lo más destacado:
Podrán solicitar las subvenciones los Ayuntamientos de Andalucía con concesión administrativa para la gestión del servicio público.

Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
a) Tener la concesión administrativa para la explotación de la emisora vigente, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Tener la autorización de puesta en servicio de la emisora municipal por parte de la Administración General del Estado.

c) Estar prestando y gestionando el servicio público de comunicación audiovisual radiofónica de ámbito local en la frecuencia autorizada de forma directa, conforme al artículo 85.2.A) de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Conceptos subvencionables: Gastos corrientes derivados del funcionamiento de las emisoras municipales de radiodifusión sonora.
a) Costes salariales (sueldo y seguridad social) del personal que trabaja en las emisoras.

b) Recursos materiales o técnicos no inventariables. Suministros, materiales y otros gastos imputables al funcionamiento de la emisora. Incluido mantenimiento de la página web de la emisora, costes de alojamiento o registro del dominio.

c) Cuotas de servicios de telefonía fija y acceso a Internet exclusivo de la emisora.

d) Cuotas por la pertenencia a EMA-RTV y gastos asociados a la emisión de contenidos audiovisuales producidos por ésta.

e) Gastos de mantenimiento, reparación, calibración o certificación técnica del equipamiento de la emisora.

f) Tasa por la reserva del dominio público radioeléctrico.

g) Cualquier otro gasto de funcionamiento de la emisora fehacientemente acreditado.

Conceptos NO subvencionables:
a) Inversiones en bienes inventariables.
b) Contribuciones en especie
c) Gastos compartidos con otros servicios municipales
d) La adquisición de recursos materiales o técnicos que no sean de uso exclusivo de la emisora municipal.
e) La adquisición de ordenadores, móviles o cualquier otro equipo informático portátil (tabletas o similares).
f) Cuotas de servicios en movilidad de telefonía y datos.

Cuantía: Dependerá del número de habitantes del municipio, según el último padrón municipal.

  1. Municipios de hasta 5.000 habitantes, hasta un máximo de 3.700 euros.
  2. Municipios de más de 5.000 y hasta 15.000 habitantes, hasta un máximo de 2.700 euros.
  3. Municipios de más de 15.000 habitantes, hasta un máximo de 1.700 euros.

Las solicitudes se presentarán y tramitarán exclusivamente de forma electrónica.
Si tenéis dudas o precisáis cualquier aclaración podéis poneros en contacto con nosotros en los números de teléfono habituales: 954 22 89 30 / 954 56 47 13.

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