La Audiencia Nacional entiende que el contrato programa de la Junta de CyL con Radio Televisión Castilla y León está sujeto a IVA

Radio Televisión Castilla y León

La Audiencia Nacional entiende que el contrato programa de la Junta de Castilla y León con Radio Televisión Castilla y León (RTVCyL) no es una subvención, sino una contraprestación y está sujeto al pago del IVA.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha resuelto en una sentencia, contra un recurso de RTVCyL ante la exigencia, en 2011, de la Agencia Tributaria del pago del IVA por las cantidades recibidas por la prestación de un servicio como televisión autonómica.
Tanto la Junta de Castilla y León como la entidad de radio y televisión entendían hasta entonces que se trataba de una subvención derivada de las obligaciones de servicio público que estaba exento del pago del IVA.



A pesar de ello y mientras se resolvían los recursos, la cadena de radio y televisión castellanoleonesa, a raíz de la reclamación de la Agencia Tributaria, comenzó a adelantar el IVA, lo que, según fuentes de RTCyL, podría alcanzar los 28 millones de euros.
Además, la entidad castellanoleonesa tiene pendientes de abonar a la Agencia Tributaria algo menos de siete millones de euros correspondientes a la liquidación de 2010 y 2011.

Según la sentencia, el contrato programa entre la Junta de Castilla y León y RTVCYL no se trata de un servicio de obligada prestación sino que tiene un contenido «más impreciso» vinculado a la defensa de una identidad autonómica como «fomento de la cohesión social y pertenencia territorial, altavoz de la realidad social y cultural, lingüística y tradicional» de la comunidad autónoma.

Aunque en la sentencia, según fuentes, solo se determinan «los límites del terreno de juego», en cuanto aclara la pertinencia del pago del IVA, también supone que la Junta deberá abonar a RTVCYL lo que pagó en concepto del impuesto entre 2009 y 2017.

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