Pascual Fandos escribe en Levante que el Alto Tribunal no atiende el recurso del ayuntamiento contra la sentencia del Supremo que anuló la subrogación y el consistorio acudirá al tribunal europeo para defender los 27 empleos municipales
El Tribunal Constitucional no ha admitido a trámite el recurso de amparo interpuesto por el Ayuntamiento de Alzira contra la sentencia del Supremo que anuló la subrogación de los trabajadores de la piscina cubierta y de la emisora municipal Alzira Ràdio. El gobierno municipal comunicó ayer a los afectados el auto de inadmisión y reiteró el compromiso de agotar todas las vías posibles para mantener los puestos de trabajo, lo que pasa por recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y, en paralelo, tratará de argumentar ante la delegación del Gobierno que la sentencia resulta «inejecutable».
«No sabría expresar taxativamente las consecuencias, pero es cierto que el panorama es negro», admitió el concejal de Recursos Humanos, Albert Furió, antes de la reunión. Albert dijo entender el nerviosismo de los 27 trabajadores afectados, 22 de la piscina y cinco de la emisora, y comentó que al margen de la argumentación jurídica, el ayuntamiento deberá estudiar una fórmula de gestión de cara al futuro ya que la voluntad es mantener los servicios. «Nosotros seríamos más partidarios de una entidad pública que de una externalización, pero es algo que este gobierno ya no podrá ejecutar», comentó en alusión a que apenas quedan un par de meses para las elecciones.
Contencioso derivado de la ley Montoro
La sentencia del Supremo es consecuencia del contencioso interpuesto en su día por la delegación del Gobierno, bajo el mandato del PP, recordó Furió, contra los acuerdos de la mesa de negociación que avaló la subrogación de los trabajadores de Alzira Ràdio y la piscina municipal y del pleno que aprobó el presupuesto de 2016 y, con él, la modificación de la plantilla, ya que consideraba que el consistorio incumplió la prohibición de aumentar el gasto en personal por encima del 1 % respecto del año anterior.
Tanto la piscina como la emisora funcionaban como empresas públicas que se disolvieron por imperativo legal en el proceso de redimensionamiento del sector público local que impuso la Ley de Racionalización de la Administración Local, conocida como Ley Montoro, que obligaba a cerrar las empresas públicas que fueran deficitarias antes del 1 de diciembre de 2015.
El Tribunal Supremo anuló la subrogación de los trabajadores de Alzira Ràdio, SA, y de la mercantil Instalaciones Deportivas Alzira (Idasa) acordada por el ayuntamiento, al tiempo que desestimaba un incidente de nulidad de sentencia planteado por el Ayuntamiento de Alzira en el que argumentaba que únicamente se había valorado el incumplimiento del aspecto presupuestario, pero no el laboral o social cuando una directiva europea protege a los trabajadores y regula la subrogación cuando se produce la absorción de una empresa. El Supremo replicó que, más que una absorción, se trataba de una reorganización interna ya que ambas empresas eran de capital exclusivamente municipal. El consistorio ya asumió en mayo, mediante un acuerdo plenario, el compromiso de agotar todas las vías posibles para defender la subrogación de estos trabajadores.
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